COCHERA FIJA CUBIERTA en 1° subsuelo - Cuba al 2300, Belgrano - Excelente ubicación en el barrio de Belgrano, en Cuba y Olazábal. A 2 cuadras de Cabildo y 2 cuadras de Juramento. - Ubicación: 1° Subsuelo (Unidad Funcional 24). Superficie: 12,41 m². - Acceso: Edificio con doble rampa de entrada y salida independiente, lo que otorga rápida circulación y comodidad de maniobra. (en el video se ve la agilidad de ingreso y comodidad de maniobra) - Portón automático asistido - Seguridad: Vigilancia las 24 hs. Ubicación estratégica con muy alta demanda de estacionamiento en la zona, ideal tanto para uso propio como para inversión con renta inmediata. El edificio no cuenta con accesibilidad para personas con movilidad reducida (Ley 5115). Corredor interviniente: Juan Eloy Gramajo CUCICBA 9368 La tasación, intermediación y la conclusión de las operaciones sobre esta propiedad son actividades exclusivas de este corredor matriculado, conforme las previsiones de la ley 20.266, la ley CABA 2340 y las normas reglamentarias dictadas por CUCICBA. Las oficinas asociadas a la red Keller Williams actúan en forma independiente, brindando servicios a corredores, agentes y al público en general, y su intervención se limita a la prestación de servicios inmobiliarios que no incluyen actos de corretaje ni intermediación inmobiliaria. Cada oficina opera de forma Independiente. Corredor interviniente: Juan Eloy Gramajo CMCPSI 6760, CUCICBA 9368 La tasación, intermediación y la conclusión de las operaciones sobre esta propiedades son actividades exclusivas de este corredor matriculado, conforme las previsiones de la Ley 20.266, la Ley CABA 2340, la ley provincial 10.973 y sus modif. y las normas reglamentarias dictadas por los colegios departamentales. Las oficinas asociadas a la red Keller Williams actúan en forma independiente, brindando servicios a corredores, agentes y al publico en general, y su intervención se limita a la prestación de servicios inmobiliarios que no incluyen actos de corretaje ni intermediación inmobiliaria. Se encuentra prohibido cobrar comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes a los inquilinos que sean personas físicas. Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato.